Corte Suprema de Chile reconoce origen peruano del Suspiro Limeño
Lunes, 12 de Noviembre 2012 | 11:05 am
Fuente: RPP
El
fallo de la Corte Suprema deja esta vez expresa constancia de que la
denominación ´Suspiro Limeño´ representa a un postre tradicional peruano
cuyo origen culinario está ligado al Perú.
Temas relacionados:
El
Estado peruano en los últimos años ha venido interponiendo diversas
acciones de tipo administrativo y judicial en Chile con relación al
registro de la marca ´Soprole Suspiro Limeño´, ya que la denominación
´Suspiro Limeño´ corresponde a un postre tradicional peruano.
Antes de llegar a la Corte Suprema de Chile, instancia que recientemente se ha pronunciado sobre el tema en casación, el Estado peruano tuvo que agotar la vía administrativa para seguir cautelando sus legítimos derechos. Es así que presentó los recursos correspondientes, primero ante el INAPI y luego ante el Tribunal de Propiedad Industrial, instancias que se pronunciaron a favor de la inscripción de la marca “Soprole Suspiro Limeño” como conjunto, pero advirtiendo que la denominación “Suspiro Limeño” no es reivindicable de manera aislada.
El fallo de la Corte Suprema ha acogido las resoluciones emitidas previamente por las referidas instancias administrativas, dejando esta vez expresa constancia de que la denominación “Suspiro Limeño” representa a un postre tradicional peruano cuyo origen culinario está ligado al Perú.
Asimismo, cabe subrayar que el fallo de la citada Corte no fue unánime ya que uno de sus magistrados voto en contra. Es así que en la sustentación de su voto discordante, el citado magistrado señala que “…aparece nítido que la marca solicitada, al contener las expresiones “suspiro limeño”, es indicativa de una procedencia geográfica del producto, cual es la capital del Perú. Así, la adición de la palabra “Soprole”, no es bastante para alejar al conjunto marcario de esa vinculación de origen”. En ese sentido, merece destacarse que este voto discordante concuerda plenamente con los argumentos presentados por el Estado peruano a lo largo del proceso.
La defensa de los intereses de nuestro país en este caso de propiedad intelectual ha estado a cargo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) y del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, apoyados en un estudio de abogados local, especializado en estas temáticas.
Antes de llegar a la Corte Suprema de Chile, instancia que recientemente se ha pronunciado sobre el tema en casación, el Estado peruano tuvo que agotar la vía administrativa para seguir cautelando sus legítimos derechos. Es así que presentó los recursos correspondientes, primero ante el INAPI y luego ante el Tribunal de Propiedad Industrial, instancias que se pronunciaron a favor de la inscripción de la marca “Soprole Suspiro Limeño” como conjunto, pero advirtiendo que la denominación “Suspiro Limeño” no es reivindicable de manera aislada.
El fallo de la Corte Suprema ha acogido las resoluciones emitidas previamente por las referidas instancias administrativas, dejando esta vez expresa constancia de que la denominación “Suspiro Limeño” representa a un postre tradicional peruano cuyo origen culinario está ligado al Perú.
Asimismo, cabe subrayar que el fallo de la citada Corte no fue unánime ya que uno de sus magistrados voto en contra. Es así que en la sustentación de su voto discordante, el citado magistrado señala que “…aparece nítido que la marca solicitada, al contener las expresiones “suspiro limeño”, es indicativa de una procedencia geográfica del producto, cual es la capital del Perú. Así, la adición de la palabra “Soprole”, no es bastante para alejar al conjunto marcario de esa vinculación de origen”. En ese sentido, merece destacarse que este voto discordante concuerda plenamente con los argumentos presentados por el Estado peruano a lo largo del proceso.
La defensa de los intereses de nuestro país en este caso de propiedad intelectual ha estado a cargo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) y del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, apoyados en un estudio de abogados local, especializado en estas temáticas.
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